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Cómo se tributa el cobro de un seguro por invalidez absoluta

cobro de un seguro por invalidez absoluta

La finalidad de cualquier seguro es ofrecer tranquilidad ante las eventualidades que puedan tener lugar, aunque algunos son incluso obligatorios por ley. Uno de los más populares es el de vida, que no solo ofrece una indemnización a la familia ante el fallecimiento, sino que también ofrece cobertura cuando no es posible que la persona asegurada vuelva a trabajar. Pero, ¿sabes cómo gestionar el cobro de cara a Hacienda? Si no es así, te contamos cómo tributa el cobro de un seguro por invalidez absoluta. 

Seguro por invalidez absoluta: ¿qué es?

El seguro por invalidez absoluta es un seguro de vida, cuyas coberturas generales son tanto el fallecimiento como la incapacidad permanente. Dentro de esta última se distinguen diferentes tipos, en función del nivel de impedimento que se tenga para realizar alguna actividad. Estos tipos son cinco, para ser exactos, y son la incapacidad parcial, total, total cualificada, absoluta y gran invalidez. 

Como se puede apreciar, van de menor incapacidad a mayor. Pero hoy nos centramos en el seguro de invalidez permanente absoluta, que sería aquella que se reconoce cuando una persona se ve afectada físicamente de forma irreversible y con un carácter permanente, que le impide desarrollar cualquier actividad profesional. Este reconocimiento es concedido por la Seguridad Social, puesto que es el único organismo existente con la potestad para reconocer la invalidez en nuestro país. 

Características del seguro por invalidez absoluta

Como el resto de seguros, el de invalidez absoluta tiene unas características concretas, como las coberturas que ofrece o el funcionamiento a la hora de cobrar la indemnización. Con respecto a las primeras, el capital asegurado se recibe con independencia de la causa de la invalidez, ya sea por una enfermedad física o mental o por un accidente. Pero aunque la cobertura de la causa sea múltiple, siempre hay una serie de situaciones que se quedan fuera y que, por tanto, no dan lugar al cobro de la indemnización. 

Estas son todos los hechos que hayan sido causados por la persona asegurada; todas las imprudencias que se hayan cometido conduciendo y en las que se incluye circular sin carné, autolesiones, desafíos, intentos de suicidio o uso de estupefacientes, entre otros motivos; hechos derivados de conflictos armados; participación en competiciones o la práctica general de deporte; navegación aérea no autorizada; causas ya existentes y no declaradas a la compañía y situaciones extraordinarias como inclemencias metereológicas. 

En lo que respecta a la cuantía que se cobra por la invalidez absoluta, todo va a depender de las aportaciones que se hayan realizado hasta la fecha. Cuanto mayor es el dinero que se ha ido aportando a través de las primas y más largo en plazo de tiempo con dichas aportaciones, mayor será también la cantidad final a percibir. 

¿Cómo tributar el cobro de este tipo de seguros?

Si se produce un accidente o un siniestro y a la persona asegurada se le reconoce su consideración de incapacidad, hay que llevar a la compañía aseguradora la resolución del organismo público con el reconocimiento de la invalidez y los informes médicos si no se debe a un accidente sino a una enfermedad que ha ido evolucionando desfavorablemente. 

Por lo general, la indemnización se hace efectiva alrededor de 40 días después de la solicitud, siempre y cuando todo el procedimiento haya sido satisfactorio. Si faltasen informes o no está clara la causa de la enfermedad, el proceso se demoraría. Pero las gestiones no acaban aquí, y por eso hoy te contamos cómo tributa el cobro de un seguro por invalidez absoluta. 

Cuando cobramos una cantidad, como por ejemplo la que procede del seguro de vida, hay que pagar a Hacienda unos impuestos. No obstante, el tratamiento de estos va a depender de quién es la persona beneficiaria, dado que hay diferencias cuando esta es la familia porque la persona asegurada ha fallecido, o si es la propia asegurada quien recibe la indemnización, porque se ha producido una invalidez, como es este caso. 

Si la tomadora y la beneficiaria son la misma persona, la forma de tributar el cobro de un seguro por invalidez absoluta es el IRPF. De no coincidir, sería a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. 

Para el cálculo del pago del tributo, que se engloba en los rendimientos del capital mobiliario, Hacienda cuenta con unos porcentajes, tal y como sucede con cualquier impuesto. Cuanto mayor sea la cantidad percibida, mayor el pago. Dichos porcentajes atienden a una serie de tramos, que son los que te dejamos a continuación y que se aplican sobre el capital asegurado. 

– Los primeros 6 mil euros tienen un impuesto del 19%.

– Entre 6.001 y 50 mil euros, del 21%.

– Desde 50.001 euros en adelante, el 23%. 

Desde MGC esperamos que este post te haya ayudado a entender cómo se tributa el cobro de un seguro por invalidez absoluta.