Sector seguros

¿Es posible recuperar el dinero de un seguro de vida?

Es posible recuperar el dinero de un seguro de vida

Las prioridades pueden cambiar según pasan los años y ante los imprevistos que tengan lugar. Y, a veces, también es posible cambiar de idea con respecto a los seguros. Una de las dudas más frecuentes cuando se tiene contratada una póliza es la de si se puede recuperar el dinero de un seguro de vida. Para darle una respuesta, hay que atender al tipo de póliza y al momento en el que se plantea esta cuestión.

Posibilidad de recuperar el dinero de un seguro de vida según su tipo

El primer punto al que se debe prestar atención es al tipo de póliza contratada. Dentro de los seguros de vida, hay dos en concreto; el de vida riesgo y el de vida ahorro. La finalidad que persiguen no es la misma y, por tanto, el trato que se les da también es diferente.

Los seguros de vida riesgo tienen como objetivo indemnizar al titular del seguro en el caso de que se produzcan una serie de contingencias, que son las que se han contrato y que, por lo general, son la incapacidad o el fallecimiento. Tanto si se alcanza la edad máxima que cubre la póliza como si se cancela antes de tiempo, no existe la posibilidad de recuperar el dinero que ya se ha pagado. ¿Por qué? Porque cada prima pagada obtiene a cambio la protección de la compañía aseguradora. Si se dejan de pagar, dicha protección deja de estar activa, y se considera que la cobertura pasada ha sido disfrutada.

El segundo tipo son los seguros de vida ahorro. En estos, la situación cambia, puesto que se trata de un plan que persigue obtener un rendimiento. Aquí si es posible recuperar el dinero y es lo que se conoce como el rescate del seguro de vida.

Si me doy de baja de un seguro de vida, ¿me devuelven el dinero?

Tal y como hemos indicado, si por algún motivo se desea cancelar el seguro de vida o, dicho de otro modo, darse de baja, no va a ser posible recuperar el dinero que se ha invertido si la contratación del seguro es de la modalidad de riesgo.

Pero si se trata del seguro de vida ahorro, sí que es posible obtener un reembolso del dinero cuando se opta por la baja. Sin embargo, puesto que también hemos indicado que aquí la finalidad es el rendimiento, hay que averiguar si se trata de un momento adecuado para hacerlo. Pero precisamente porque su objetivo es generar una rentabilidad, están pensados para que el dinero se recupere en el futuro, de manera que además de incrementar el capital, se obtengan ventajas financieras y fiscales.

Estas pólizas están sujetas a las fluctuaciones de los mercados y, por tanto, la evolución de la economía hará que el ahorro sea mayor o menor, ya que en función del riesgo que se haya aceptado, existe la posibilidad de que el dinero acumulado cuando se desea darse de baja sea incluso inferior a la cantidad inicial.

En este caso, se recomienda consultar la letra pequeña del contrato o consultar directamente con quien se tiene contratada la póliza, dado que las condiciones no siempre son las mismas y puede que haya algunos requisitos para poder proceder con el rescate del seguro de vida.

¿Cómo puedo recuperar el dinero de un seguro de vida?

Si tienes contratado un seguro de vida riesgo, no hay opción a recuperar el dinero pagado, pero si es de vida ahorro, puedes optar al rescate, la cancelación o la reducción. Para proceder con la primera de ellas, el rescate, y de acuerdo con la Ley del Contrato de Seguro, hay que esperar dos años como mínimo desde que tuvo lugar la contratación y haber pagado las primas correspondientes.

Para conocer el importe exacto que se podrá recuperar, hay que consultar las condiciones que se pactaron, puesto que puede ser la totalidad de la póliza o únicamente una parte. Además, hay que tener en cuenta que también puede existir una penalización por parte de la aseguradora.

La segunda opción para recuperar el dinero de un seguro de vida es optar por la cancelación de este. En este caso, también hay requisitos, y son que tiene que el contrato debe tener una duración superior a los seis meses y que la solicitud se debe realizar por escrito dentro de los 30 días siguientes a la fecha en la que entra en vigor, tanto si es la primera vez como si se trata de una renovación periódica.

En tercer lugar, existe la reducción del seguro de vida. Esta es una cláusula que tienen únicamente algunas pólizas y, por tanto, habrá que verificar que existe. Con ella, la persona titular puede paralizar el seguro, es decir, dejarlo en suspensión porque, por algún motivo, no se pueden pagar las primas en su totalidad.

Para poder optar a ella, deben haber pasado al menos dos años desde la contratación y permite mantener una cobertura muy reducida. Si bien esta vía puede ser solicitada por la persona asegurada, es también el recurso que emplean las compañías aseguradoras ante los casos de impago.