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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
El IRPF es el impuesto que graba las rentas obtenidas por las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y las circunstancias personales y familiares de cada uno. Se aplica a aquellas personas con residencia habitual en territorio español y a las que, aun sin residir habitualmente en España, cumplen determinadas circunstancias.
La Ley señala como principios básicos del IRPF:
- Su carácter directo
El objeto del impuesto es la renta
- La generalidad
El impuesto tiene como objeto la totalidad de la renta del contribuyente, es decir, todos los rendimientos que haya percibido durante el ejercicio, ya procedan de su trabajo personal, de actividades económicas, de capital mobiliario o inmobiliario, de ganancias o pérdidas patrimoniales, o bien de determinadas imputaciones de renta que establece la ley.
- Su naturaleza personal
El impuesto se centra en el individuo de forma aislada, aunque, de forma optativa, las unidades familiares pueden tributar de forma conjunta.
- La subjetividad
El impuesto tiene en consideración las circunstancias personales del sujeto pasivo, de forma que dos contribuyentes con los mismos ingresos pueden contribuir con cuotas diferentes, en función de sus respectivas circunstancias personales, como, por ejemplo, el número de personas a su cargo o la posible existencia de una discapacidad.
- La progresividad
El tipo impositivo aumenta con la renta, de manera que los contribuyentes con ingresos más elevados tributan relativamente más.
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